1. A las propias del cabeza de familia sin modificación ni adición alguna y que también pueden llevar el heredero de la familia, pero no los hijos segundones que se veían obligados éstos a introducir alguna diferencia, revelando así que no eran cabeza de familia, dando lugar a la brisura. Criterio muy generalizado en toda Europa y excepcionalmente en España. (V. Brisura).
Armas plenas del linaje gallego de los Moscoso
Sepulcro de Francisco II de Bretañña y Margarita de Foix, en la catedral de Nantes. S. XVI.